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Versión de las condiciones vigentes a partir del 19/08/2025

Versión de las condiciones vigentes a partir del 19/08/2025

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE LICENCIA DE USO DE LAS SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO

Estos Términos y Condiciones Generales de Uso de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO constituyen un acuerdo legal y vinculante entre BIONEXO y el LICENCIATARIO, mediante el cual se establecen las normas y condiciones generales para la concesión de la licencia de uso de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, aplicables a las Cartas Oferta de Uso de las SOLUCIONES BIONEXO celebrados entre BIONEXO y el LICENCIATARIO.

  1. DEFINICIONES
    1. En estos Términos y Condiciones, o en cualquier otro documento que forme o llegue a formar parte integrante del mismo, las siguientes expresiones deberán ser entendidas conforme a las siguientes definiciones:

      -BIONEXO: Parte licenciante de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO.
      • BIONEXO ARGENTINA: BIONEXO.COM S.A.U, inscripta el N.º 30-70723907-3, con domicilio en la Av. Luis María Campos 559, 7° piso, oficina “706”, Capital Federal.
      • BIONEXO COLOMBIA: BIONEXO COLOMBIA S.A.S., domiciliada en Cl 90 # 13 A – 31 Piso 6, en la ciudad de Bogotá D. C., Colombia, inscrita en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de Bogotá D. C. con matrícula número 01870889 y con número de identificación tributaria (NIT) 900266612-4.
      • BIONEXO MEXICO: BIONEXO DE MÉXICO, S.A. DE C.V., con Registro Federal de Contribuyentes BME0905042T4, con domicilio legal en Efraín González Luna N.º 2496, Colonia Arcos Vallarta, C.P. 44130, Guadalajara, Jalisco, México.
      • CÓDIGOS DE ACCESO: Información necesaria para permitir el acceso del USUARIO a las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, consistente en un usuario y una contraseña definidos para cada USUARIO.
      • PERSONALIZACIONES: Desarrollo por parte de BIONEXO de una funcionalidad no incluida en las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, para atender una demanda del LICENCIATARIO.
      • EMPRESA AUTORIZADA: Sociedad del mismo grupo económico del LICENCIATARIO autorizada a utilizar las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, conforme lo establecido en la CARTA OFERTA de Uso de las SOLUCIONES BIONEXO.
      • LICENCIATARIO: Parte contratante debidamente autorizada para utilizar las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, conforme lo indicado en la CARTA OFERTA, responsable de las obligaciones financieras y contractuales.
      • TERCER LICENCIATARIO: Otros clientes de BIONEXO que hacen uso de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO.
      • USUARIOS: Personas indicadas y autorizadas por el LICENCIATARIO y por las EMPRESAS AUTORIZADAS que, mediante los CÓDIGOS DE ACCESO, podrán utilizar las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO indicadas en la Carta Oferta.
      • SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO: Soluciones digitales de propiedad de BIONEXO actualmente licenciadas, conforme detallado en la Carta Oferta.
      • CARTA OFERTA: Documento en el que se determina el objeto, el plazo, el número de usuarios clientes, el costo de implementación que se deberá pagar en caso de terminación unilateral, y el precio periódico correspondientes a la licencia de uso de la Plataforma que será contratada por el CLIENTE.
      • LEGISLACIÓN DE PROTECCIÓN DE DATOS: Ley de Protección de Datos Personales que rige en Colombia: L.1581 de 2012. Ley de Protección de Datos Personales Argentina: Ley 25.326 de 2000. Ley federal mexicana de protección a datos personales en posesión de particulares 2024.
      • DATOS PERSONALES: Cualquier información que permita la identificación directa o indirecta de una persona natural.
      • DATOS PERSONALES SENSIBLES: DATOS PERSONALES que incluyan, entre otros, datos relativos al origen racial o étnico, convicciones religiosas, opiniones políticas, afiliación sindical o a organización de carácter religioso, filosófico o político, datos relacionados con la salud o vida sexual, datos genéticos o biométricos.
      • TRATAMIENTO: Toda actividad realizada con DATOS PERSONALES, incluyendo, pero no limitándose a la recolección, transferencia, almacenamiento.
      • TITULAR: Persona física a la cual se refieren los DATOS PERSONALES que son objeto de TRATAMIENTO.
      • CONTROLADOR: Persona física o jurídica responsable por tomar decisiones respecto al TRATAMIENTO de datos personales.
      • OPERADOR: Persona física o jurídica responsable por realizar el TRATAMIENTO de datos personales bajo las órdenes del CONTROLADOR.
      • PARTES: Referencia conjunta a BIONEXO y al LICENCIATARIO.
  2. OBJETO
    1. El presente documento tiene por objeto establecer las normas y condiciones generales aplicables a la concesión de la LICENCIA de uso de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO otorgada por BIONEXO al LICENCIATARIO, conforme lo establecido en la CARTA OFERTA celebrada entre las PARTES.
    2. Las condiciones comerciales de la LICENCIA relativas a cada SOLUCIÓN DIGITAL BIONEXO serán objeto de una CARTA OFERTA específica.
    3. Las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO podrán ser utilizadas por el LICENCIATARIO, por las EMPRESAS AUTORIZADAS y por sus respectivos USUARIOS, conforme se detalla en las respectivas CARTAS OFERTA, no estando permitida su utilización por cualquier otra filial, unidad, colaborador, socio o cualquier otro tercero, salvo acuerdo mutuo entre las PARTES.
    4. En caso de utilización por parte de los USUARIOS y/o de las EMPRESAS AUTORIZADAS, el LICENCIATARIOse compromete a informarles sobre todas las obligaciones previstas en la CARTA OFERTA y en este documento, responsabilizándose ante BIONEXO por su cumplimiento.
    5. Además, el LICENCIATARIO podrá formalizar la contratación de los siguientes servicios adicionales: (a) MÓDULOS Y FUNCIONALIDADES; (b) personalizaciones; (c) capacitación adicional; y (d) otros servicios y productos que lleguen a ser solicitados por el LICENCIATARIO.
  3. OBLIGACIONES, DECLARACIONES Y GARANTÍAS DE BIONEXO
    1. Son obligaciones de BIONEXO:
      1. conceder la LICENCIA al LICENCIATARIO de acuerdo con este Término y con la CARTA OFERTA, sin ninguna interferencia de terceros;
      2. realizar la implementación de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, la cual podrá llevarse a cabo de forma remota o presencial, y será estipulada en la CARTA OFERTA. En caso de que sea necesaria una implementación presencial, el LICENCIATARIO deberá cubrir los gastos de desplazamiento según lo dispuesto en la Cláusula 5.2 más adelante;
      3. brindar soporte técnico remoto en caso de dudas o fallos en el funcionamiento de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, disponible de lunes a viernes, de 8 a 17 horas. Cuando el servicio esté relacionado con equipos de la solución Biotracker, será necesario que el LICENCIATARIO proporcione acceso a los equipos por internet para que el soporte pueda realizarse;
      4. poner a disposición las actualizaciones que eventualmente sean desarrolladas en las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO.
    2. La implementación de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO se iniciará con el recibimiento, por parte del LICENCIATARIO, del Acta de Apertura del Proyecto, el cual será enviado después de la reunión de Kick Off junto con el cronograma del proyecto. Tras la conclusión de las actividades de implementación, conforme al cronograma, el LICENCIATARIO manifestará su conformidad con la recepción de la respectiva SOLUCIÓN DIGITAL BIONEXO mediante la firma del Acta de Entrega de la Solución.
      1. El Acta de Entrega de la Solución se considerará automáticamente aceptado por el LICENCIATARIO, incluso sin manifestación expresa, si este no se manifiesta en un plazo de 5 (cinco) días hábiles desde el recibimiento del referido documento.
    3. El LICENCIATARIO deberá proporcionar todos los datos necesarios para la implementación, conforme a las fechas previstas en la CARTA OFERTA. Los retrasos en la implementación debidos a demoras en la entrega de información, documentos, agendas y otras aclaraciones por parte del LICENCIATARIO serán de su exclusiva responsabilidad, incluyendo las mensualidades adeudadas durante dicho período.
    4. Las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, funcionan en todo momento, 24 horas al día, 7 días a la semana, garantizando BIONEXO una disponibilidad del 99%.
      1. La garantía de disponibilidad indicada en la Cláusula 3.4 anterior no se aplica en casos de integración de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO con el sistema de gestión (ERP) del LICENCIATARIO en un servidor local, siendo responsabilidad del LICENCIATARIO el mantenimiento y las correcciones del servidor cuando sea necesario.
    5. BIONEXO no será responsable por:
      1. la contratación de servicios de telecomunicaciones y de acceso a internet por parte del LICENCIATARIO para el uso de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO;
      2. interrupciones o fallas en el acceso o uso continuo de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO causadas por: (a) motivos técnicos o fallos en la prestación de servicios de terceros (telecomunicaciones, internet, electricidad, etc.); (b) caso fortuito o fuerza mayor; y/o (c) por otros programas informáticos utilizados por el LICENCIATARIO, las EMPRESAS AUTORIZADAS y/o sus respectivos USUARIOS;
      3. la veracidad, exactitud y/o corrección de cualquier información ingresada por el LICENCIATARIO, USUARIOS o TERCEROS LICENCIATARIOS en las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO;
      4. cualquier acto o hecho derivado de negligencia, imprudencia o impericia, comprobablemente practicado por el LICENCIATARIO y/o sus respectivos USUARIOS en el uso de los softwares y hardwares, así como tampoco será responsable por daños comprobada y exclusivamente derivados de caso fortuito o fuerza mayor;
      5. interceptaciones ilegales o violaciones de sus sistemas o bases de datos, ni por el uso indebido de la información obtenida por estos medios por personas no autorizadas, siempre que BIONEXO haya aplicado salvaguardas compatibles con la estructura, sensibilidad de la información y las buenas prácticas razonables del mercado. El LICENCIATARIO declara conocer el riesgo indicado en este ítem y se compromete a proporcionar únicamente la información estrictamente necesaria para el uso de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO;
      6. daños, pérdidas, interrupciones o incidentes resultantes de ataques de hackers, malware, ransomware u otras amenazas cibernéticas similares que afecten los sistemas, datos u operaciones del LICENCIATARIO, siempre que dichos incidentes hayan sido causados por uso indebido, negligencia, violación de estos Términos y Condiciones, o de la legislación de protección de datos personales o propiedad intelectual por parte del LICENCIATARIO;
      7. problemas, pérdidas o daños derivados de la integración de nuestros servicios con otros softwares, plataformas, sistemas, APIs o ERPs utilizados por el LICENCIATARIO. La responsabilidad por tales integraciones y sus consecuencias será exclusivamente del LICENCIATARIO;
      8. recuperación de datos perdidos debido a fallas, errores o eventos imprevistos.
      9. cualquier incumplimiento o falta de cumplimiento de los criterios establecidos con respecto al proceso de gestión de inventarios por parte del proveedor, cuando corresponda.
    6. BIONEXO declara y garantiza lo siguiente, asegurando que tales declaraciones son correctas, verdaderas, no contienen falsedad ni omiten hechos que deban ser conocidos para evitar inducir al LICENCIATARIO a error:
      1. posee todas las licencias, certificados, registros y autorizaciones gubernamentales necesarias para llevar a cabo las actividades de su objeto social;
      2. conoce y respeta las normas de prevención a la corrupción previstas en la legislación correspondiente, sin perjuicio del cumplimiento de su código de conducta ética. El Código de Ética de BIONEXO está disponible https://canalconfidencial.com.br/bionexo/files/Codigo_de_Etica_Espanhol.pdf
        1. Las Partes declaran estar al tanto de que, en lo que respecta a las actividades objeto de la presente CARTA OFERTA desarrolladas en Colombia, deberán observar y cumplir integralmente las normas legales y reglamentarias aplicables, incluyendo, pero sin limitarse, a las siguientes legislaciones nacionales: Ley 1474 de 2011, Ley 1778 de 2016, Ley 2195 de 2022, artículo 20 de la Ley 1121 de 2006 y Ley 1186 de 2009. Asimismo, serán de obligatorio cumplimiento las directrices emitidas por la Superintendencia de Sociedades, conforme lo dispuesto en el Capítulo X de la Circular Externa 100-000016 del 24 de diciembre de 2020, con las modificaciones introducidas por las Circulares 100-000004 del 9 de abril de 2021 y 100-000015 del 24 de septiembre de 2021. En el ámbito internacional, las Partes se comprometen a respetar los tratados ratificados por Colombia, incluyendo: (i) la Convención de Viena de 1988; (ii) la Convención de las Naciones Unidas para la Represión de la Financiación del Terrorismo de 1999; (iii) la Convención de Palermo de 2000; y (iv) la Convención de Mérida de 2003.
      3. en la ejecución de las CARTAS OFERTAS y de este documento, no dará, ofrecerá, prometerá o autorizará, directa o indirectamente, cualquier suma, bien o ventaja de cualquier naturaleza a agentes públicos, partidos políticos, candidatos a cargos electivos, o personas relacionadas con ellos, u otras personas, empresas y/o entidades privadas, con el fin de obtener ventajas indebidas, influir en actos, omisiones, decisiones o incumplimientos, así como direccionar negocios de forma ilícita. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la rescisión inmediata de la CARTA OFERTA;
      4. BIONEXO deberá comunicar al LICENCIATARIO de forma inmediata si toma conocimiento de que alguno de sus socios, representantes, administradores, empleados o terceros contratados por ella se ha involucrado en un acto que viole la obligación mencionada anteriormente, salvo que dicha comunicación infrinja una obligación legal o contractual.
  4. OBLIGACIONES, DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL LICENCIATARIO
    1. Son obligaciones del LICENCIATARIO:
      1. contratar servicios de telecomunicaciones e internet, así como mantener condiciones adecuadas de infraestructura tecnológica para la utilización de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO;
      2. proporcionar toda la información y documentos necesarios para el registro del LICENCIATARIO y de las EMPRESAS AUTORIZADAS, para el acceso de los USUARIOS, y para la implementación de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO;
      3. informar a sus USUARIOS sobre las condiciones contractuales, responsabilizándose por su acceso y uso de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO;
      4. no utilizar las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO con fines ilícitos y/o no autorizados;
      5. notificar inmediatamente a BIONEXO en caso de tomar conocimiento de uso ilícito o no autorizado de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO por parte de un USUARIO o TERCERO LICENCIATARIO, y tomar todas las medidas razonables para mitigar riesgos y daños derivados de dicho uso;
      6. notificar a BIONEXO, por escrito, sobre eventuales irregularidades en la prestación de los servicios, fijando plazos previamente aprobados por BIONEXO para su debida corrección, los cuales podrán ser prorrogados siempre que sean debidamente justificados por BIONEXO;
      7. cumplir con todos los requisitos legales y regulatorios aplicables al LICENCIATARIO y a las EMPRESAS AUTORIZADAS, y cuando sea aplicable, a sus productos y servicios comercializados, ofrecidos o disponibles en el entorno de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO;
      8. realizar los pagos de los valores estipulados en la CARTA OFERTA, en los plazos allí indicados;
      9. proteger el uso y divulgación de las contraseñas, permitiendo el acceso únicamente a sus USUARIOS, informando por escrito a BIONEXO los datos de operación, inclusión y exclusión, autorizándolos a registrarse en las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, y responsabilizándose por todos los actos practicados por estos en el uso o acceso a las soluciones. El LICENCIATARIO se compromete a no divulgar (ni permitir que los USUARIOS o EMPRESAS AUTORIZADAS lo hagan) los CÓDIGOS DE ACCESO a terceros, siendo plenamente responsable por su uso;
      10. conocer y cumplir con las normas anticorrupción establecidas en la legislación, conforme lo previsto en 3.6.2., además de los respectivos códigos de conducta;
      11. en la ejecución de las CARTAS OFERTA y de este Término, no dar, ofrecer, prometer ni autorizar, directa o indirectamente, cualquier suma, bien o ventaja de cualquier naturaleza a agentes públicos, partidos políticos, candidatos a cargos electivos, personas relacionadas con ellos, u otras personas, empresas y/o entidades privadas, con el fin de obtener ventajas indebidas, influir en actos, omisiones, decisiones o incumplimientos, o direccionar negocios de forma indebida. La violación de esta obligación dará lugar a la rescisión inmediata de la CARTA OFERTA;
      12. comunicar a BIONEXO inmediatamente si toma conocimiento de que alguno de sus socios, representantes, administradores, colaboradores o terceros contratados ha incurrido en un acto que viole la obligación anterior, salvo que tal comunicación viole una obligación legal o contractual;
      13. responsabilizarse ante BIONEXO y ante terceros por la validez, autenticidad, veracidad y conformidad de la información proporcionada, puesta a disposición o generada a través de sus USUARIOS en las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO;
      14. indemnizar a BIONEXO por los daños que sufra como resultado o en relación directa o indirecta con cualquier información o documento proporcionado por el LICENCIATARIO a BIONEXO, o por demandas judiciales o extrajudiciales derivadas de infracción por parte del LICENCIATARIO, sus USUARIOS y/o representantes a la legislación aplicable, derechos de terceros y/o cualquier incumplimiento de las obligaciones asumidas en las CARTAS OFERTA y en estos Términos y Condiciones;
      15. informar a BIONEXO inmediatamente y por escrito sobre cualquier evento relacionado con sus licencias, autorizaciones, registros y/o permisos que pueda afectar la regularidad de cualquiera de sus actividades, productos y/o servicios;
      16. garantizar la calidad de la información introducida en las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, manteniéndola actualizada, correcta y veraz.
      17. El LICENCIATARIO declara y garantiza lo siguiente:
        1. el representante del LICENCIATARIO responsable por la contratación de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO declara tener plenos poderes para representar al LICENCIATARIO y plena capacidad para obligarlo conforme a lo aquí previsto, habiendo cumplido todos los requisitos legales y societarios necesarios. Las PARTES están conscientes de que, en caso de que el LICENCIATARIO alegue que el firmante no tenía poderes de representación, tanto el firmante como el LICENCIATARIO serán solidariamente responsables por las obligaciones asumidas;
        2. el representante del LICENCIATARIO declara tener poderes para indicar el/los primer(os) USUARIO(S) que serán habilitados en las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, conforme la CARTA OFERTA y respetando la cantidad contratada. La inclusión de nuevos USUARIOS seguirá el proceso de habilitación indicado por BIONEXO.
      18. El LICENCIATARIO podrá tener su acceso al entorno de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO suspendido, sin derecho a indemnización, compensación o reembolso, en los siguientes casos:
        • uso de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO por el LICENCIATARIO, EMPRESAS AUTORIZADAS y/o USUARIOS en desacuerdo con las condiciones de las CARTAS OFERTA y este Término;
        • indicio de cualquier incumplimiento de leyes y/o normas regulatorias por parte del LICENCIATARIO, de las EMPRESAS AUTORIZADAS y/o USUARIOS;
        • atraso superior a 30 (treinta) días consecutivos o no en cualquier pago debido por el LICENCIATARIO y/o las EMPRESAS AUTORIZADAS;
        • falsedad, omisión, error, inexactitud o incorrección material en cualquier declaración realizada.
      19. BIONEXO notificará al LICENCIATARIO cuando se produzca una suspensión.
      20. La suspensión del acceso a las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO permanecerá vigente mientras subsista el motivo que la originó. Durante el período de suspensión, el acceso de los USUARIOS será bloqueado.
        1. Si la irregularidad no se corrige dentro del plazo concedido, BIONEXO podrá rescindir las CARTAS OFERTA
      21. Si la suspensión dura menos de 30 días, el pago de la mensualidad seguirá siendo exigible. Si supera los 30 días, los pagos desde el día 30 estarán exentos hasta el fin de la suspensión. En ese caso, el pago volverá a exigirse en la fecha prevista en la CARTA OFERTA inmediatamente posterior al fin de la suspensión.
      22. Una vez regularizada la situación, el acceso será reactivado el siguiente día hábil.
  5. PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO
    1. El LICENCIATARIO pagador remunerará a BIONEXO los valores establecidos en la CARTA OFERTA, conforme a los plazos y condiciones allí descritos.
      1. Los precios cotizados tendrán vigencia por los próximos 12 (doce) meses a partir de la fecha de firma de la CARTA OFERTA. Después de ese período, en caso de cualquier modificación en los precios de las soluciones digitales, el LICENCIATARIO será notificado sobre el nuevo valor.
      2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el ítem 5.1 anterior, la CARTA OFERTA será ajustada conforme al país en que fue celebrada.
        1. En Colombia, el reajuste de precios se pacta generalmente con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el DANE, anualmente en el mes de enero.
        2. En Argentina, el precio se actualizará anualmente, en enero de cada año, según el Índice de Precios al Consumidor (IPC-INDEC), siempre y cuando las fluctuaciones de los valores en dólares se mantengan por debajo del mencionado índice.
        3. En México, el reajuste del precio ocurrirá en enero, según el índice INPC.
      3. El LICENCIATARIO se obliga a efectuar los pagos correspondientes, conforme los valores, plazos y condiciones expresamente estipulados en la CARTA OFERTA celebrada entre las partes. El pago por la licencia podrá ser mensual, trimestral o anual por parte del LICENCIATARIO, iniciando a partir de la firma de la CARTA OFERTA, y será exigido independientemente del uso de la solución objeto de la licencia, de la finalización del proceso de implementación o de cualquier costo adicional de implementación.
    2. En caso de ser necesario el desplazamiento del equipo técnico a localidades fuera de las regiones donde BIONEXO posee oficina, el LICENCIATARIO deberá asumir los gastos de transporte, alojamiento y alimentación comprobablemente incurridos por el/los colaborador(es) de BIONEXO, conforme detallado en la respectiva Orden de Servicio de Adquisición o en la Orden de Servicio Adicional, de la siguiente manera:
      1. Kilometraje: gastos con combustible consumido en desplazamientos realizados en automóvil durante el período de ejecución de las actividades de BIONEXO;
      2. Estacionamientos: importe de estacionamientos (en caso de que no haya estacionamiento gratuito en las instalaciones del LICENCIATARIO);
      3. Desplazamientos en taxi: importe total de los trayectos realizados durante el período de ejecución de las actividades de BIONEXO;
      4. Pasajes aéreos: importe total del trayecto de desplazamiento;
      5. Hospedaje: gastos de hospedaje durante todo el período de realización de las actividades de BIONEXO;
      6. Alimentación: si existe comedor en la unidad del cliente, la comida deberá ser realizada en el lugar. En caso contrario, se cobrará una tarifa diaria de alimentación durante todo el período de realización de las actividades de BIONEXO.
        1. Alternativamente, el LICENCIATARIO podrá, a su criterio, adquirir directamente los pasajes aéreos y el hospedaje del personal de BIONEXO, siempre que sea notificado con antelación.
        2. Los valores adeudados en concepto de reembolso de gastos serán pagados a BIONEXO mediante factura separada en el mes siguiente a la realización de los gastos, previa presentación de los respectivos comprobantes, conforme a los plazos indicados en las Órdenes de Adquisición de Licencia o en las Órdenes de Servicios Adicionales.
    3. Los valores pagaderos por el LICENCIATARIO incluyen todos los impuestos o tributos aplicables al objeto de las CARTAS OFERTA y al cumplimiento de todas las obligaciones por parte de BIONEXO.
    4. En caso de retraso en el pago de las CARTAS OFERTAS firmadas en Argentina, se aplicará una multa del 4% mensual, así como un interés del 3% sobre el valor mensual. En Colombia, la multa se calculará conforme a lo previsto en el artículo 884 del Código de Comercio, modificado por el artículo 111 de la Ley 510 de 1999. Finalmente, en México, el porcentaje de la multa será del 4% y un interés del 1,5% mensual o por fracción de mes, hasta la liquidación total de la deuda.
  6. VIGENCIA Y RESCISIÓN
    1. Salvo disposición en contrario acordada entre las PARTES, la CARTA OFERTA tendrá vigencia por plazo indeterminado, pudiendo ser rescindido en las siguientes situaciones:
      1. Por cualquiera de las PARTES, sin necesidad de justificar causa, mediante notificación previa con al menos 90 (noventa) días de antelación;
        1. El LICENCIATARIO deberá notificar su interés en la rescisión, formal y por escrito, a través de su representante legal, enviando la notificación al correo electrónico cancelacion@bionexo.com.
      2. Por cualquiera de las PARTES, en caso de insolvencia, disolución, liquidación, solicitud de recuperación judicial o extrajudicial, o declaración de quiebra de cualquiera de las PARTES, mediante notificación con efecto inmediato;
      3. Por cualquiera de las PARTES, en caso de constatación de falsedad, omisión, error, incorrección o inexactitud en cualquier aspecto material de las declaraciones realizadas o documentos proporcionados por la otra PARTE;
      4. Por BIONEXO, en caso de que la suspensión del acceso del LICENCIATARIO y/o de las EMPRESAS AUTORIZADAS supere el plazo concedido para la regularización, mediante notificación con efectos inmediatos.
    2. La rescisión no afectará ni perjudicará los valores adeudados por el LICENCIATARIO hasta la fecha de la rescisión, incluyendo las mensualidades correspondientes al período de preaviso.
    3. Como consecuencia del término o rescisión de la CARTA OFERTA:(a) se bloquearán los accesos del LICENCIATARIO, EMPRESAS AUTORIZADAS y USUARIOS a las SOLUCIONES DIGITALES; y (b) el LICENCIATARIO podrá solicitar, dentro del plazo de 30 (treinta) días a partir de la fecha de término o rescisión, que BIONEXO entregue una copia de los datos del LICENCIATARIO almacenados por BIONEXO.
  7. CONFIDENCIALIDAD
    1. Las PARTES, por sí mismas, sus empleados, administradores, gerentes, directores, consultores o terceros contratados (“representantes”), se obligan a mantener la confidencialidad de toda y cualquier información verbal o escrita proporcionada por una PARTE a la otra, comprometiéndose, por tanto, a no divulgar, tornar accesibles ni utilizar dichas informaciones durante la vigencia de la CARTA OFERTA y por un período de 5 (cinco) años tras su finalización, salvo por la información que:
      • sea o llegue a ser de dominio público sin incumplimiento del deber de confidencialidad previsto en esta cláusula;
      • ya era conocida por la PARTE receptora en el momento en que le fue revelada por la otra PARTE;
      • haya sido recibida legalmente por cualquiera de las PARTES, de terceros que, a conocimiento de la PARTE receptora, no estén sujetos a obligación de confidencialidad con la otra PARTE;
      • se encuadre en los casos previstos en la ley, o que sea divulgada a filiales, asesores financieros y jurídicos, o empresas de auditoría contable y fiscal al servicio de las PARTES; o
      • sea exigida por orden judicial o autoridad gubernamental competente.
    2. En caso de que una de las PARTES se vea obligada, por fuerza de ley aplicable o por autoridad competente, a divulgar total o parcialmente cualquier información confidencial referida en esta cláusula, dicha PARTE deberá notificar a la otra PARTE de tal obligación con una antelación mínima de 3 (tres) días, permitiéndole eximirla del deber de confidencialidad o buscar una protección legal adecuada, salvo que se determine lo contrario por la autoridad competente.
    3. Las PARTES se comprometen a tomar todas las medidas necesarias para que la información confidencial sea divulgada únicamente a los Representantes que necesiten tener acceso a ella para los fines de la CARTA OFERTA y de este Término. Además, se comprometen a instruir expresamente a sus Representantes sobre el carácter confidencial de dicha información.
    4. Cualquiera de las PARTES podrá adoptar las medidas judiciales y extrajudiciales pertinentes en caso de violación o amenaza de violación de su información confidencial, incluyendo medidas cautelares, así como exigir a la otra PARTE la reparación de los daños resultantes de la divulgación o uso indebido por parte de esta o de sus Representantes.
  8. PROPIEDAD INTELECTUAL
    1. El LICENCIATARIO reconoce que las soluciones digitales de BIONEXO son propiedad exclusiva de BIONEXO, siendo esta la titular de todos los derechos de propiedad intelectual relacionados con las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, registrables o no, incluyendo, pero no limitándose a, programas de computadora y otras obras autorales, invenciones, innovaciones y mejoras, marcas y demás signos distintivos, información confidencial, secretos comerciales, tecnología y/o know-how, productos, procesos, metodologías y sistemas, desarrollo, personalización, derivación o adaptación de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, todos ellos creados, concebidos y/o desarrollados por BIONEXO, reservándose esta el derecho, a su exclusivo criterio y sin ninguna obligación de compensar al LICENCIATARIO, de explotarlos económica o no económicamente.
    2. Se incluyen en estos derechos de propiedad las bases de datos desarrolladas o en estado inicial por BIONEXO, que podrán incluir información comercial y de mercado, estadísticas, leads, informes, conocimientos derivados de dichas informaciones u otros datos que generen inteligencia de mercado, ventaja competitiva o posicionamiento estratégico favorable, siendo las bases de datos de propiedad, uso y disfrute exclusivo de BIONEXO.
    3. BIONEXO podrá, en cualquier momento y a su exclusivo criterio, modificar o actualizar las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO sin necesidad de notificación, sin que ello implique perjuicio alguno para el LICENCIATARIO.
    4. El LICENCIATARIO no podrá: (a) copiar, reproducir o realizar cualquier tipo de duplicación total o parcial de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, ya sea desarrollándolas, personalizándolas o reprogramándolas, con fines comerciales o no; (b) divulgar información técnica relacionada con las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO a terceros, debiendo tratar dicha información como confidencial; (c) realizar, facilitar, solicitar a terceros o contribuir de cualquier forma con la ingeniería inversa, reingeniería, descompilación o desensamblaje del software que compone las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO.
      1. El LICENCIATARIO no podrá compartir con terceros ningún dato, información o informe de inteligencia empresarial, entre otros, generados por BIONEXO para uso del propio LICENCIATARIO.
    5. El LICENCIATARIO no podrá utilizar las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO para realizar ningún tipo de competencia con BIONEXO, de forma directa o indirecta, con el fin de desarrollar, aplicar o proveer cualquier tipo de producto o servicio similar a las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO.
    6. El LICENCIATARIO también se compromete a: (a) no practicar ningún acto de competencia desleal, divulgando, explotando o utilizando información y conocimientos obtenidos en relación con las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO; y (b) actuar para evitar o mitigar los efectos de cualquier revelación accidental de información confidencial de BIONEXO, obrando conforme a los principios de protección de los derechos intelectuales de BIONEXO, ya sea durante la vigencia de la CARTA OFERTA y de este Término o incluso después de su terminación.
    7. En caso de violación de derechos de propiedad intelectual o de práctica de competencia desleal, el LICENCIATARIO estará obligado a indemnizar a BIONEXO por los daños debidamente comprobados.
    8. Para las CARTAS OFERTA firmadas en Argentina, las partes se comprometen a cumplir con lo dispuesto por la legislación nacional e internacional sobre propiedad intelectual, protegida en la Argentina por la Ley N°11.723 y en el resto del mundo por la Convención de Berna y la Convención Universal sobre Derechos de Autor.
  9. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
    1. Las PARTES se comprometen a ejecutar el objeto de la CARTA OFERTA en cumplimiento de las exigencias previstas en la LEY GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES del país, así como en toda la legislación vigente sobre privacidad y protección de datos.
      1. BIONEXO actuará en el presente como OPERADORA/ENCARGADO de los DATOS PERSONALES del LICENCIATARIO, quien actuará como CONTROLADOR/RESPONSABLE.
      2. Este capítulo se aplica únicamente en lo que sea compatible con las soluciones instaladas en el entorno del LICENCIATARIO (soluciones on-premise).
    2. BIONEXO se compromete a:
      1. no utilizar la información introducida en las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO para ninguna finalidad distinta a la previamente acordada en la CARTA OFERTA celebrado entre las PARTES;
      2. no transferir la información ingresada en las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO a ningún tercero ajeno al CARTA OFERTA celebrada entre las PARTES, salvo que sea necesario para la ejecución del objeto acordado;
      3. no realizar transferencias internacionales de datos, salvo que sea estrictamente necesario para la ejecución de la CARTA OFERTA y siempre que se cumpla con la legislación aplicable. Dicha transferencia se realizará preferentemente hacia países o organismos internacionales que ofrezcan un nivel de protección de datos personales adecuado.
    3. El LICENCIATARIO se compromete a:
      1. obtener todas las autorizaciones necesarias, así como garantizar la expectativa de los titulares de datos (incluyendo pacientes y USUARIOS) respecto al TRATAMIENTO de sus datos personales, derivados del uso por parte del LICENCIATARIO y de las EMPRESAS AUTORIZADAS de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, e indemnizar y mantener indemne a BIONEXO ante cualquier reclamación de terceros relacionada con el uso no autorizado de dichos datos;
      2. garantizar que todos los USUARIOS estén debidamente identificados con información precisa, como nombre y dirección de correo electrónico válidos, a fin de posibilitar una trazabilidad de auditoría eficaz. Esta auditoría es esencial para la seguridad e integridad de los servicios de BIONEXO, pudiendo ser utilizada para investigar incidentes de seguridad y cumplir con regulaciones. El LICENCIATARIO acuerda cooperar proporcionando la información cuando sea necesario, y en caso de incumplimiento, BIONEXO se reserva el derecho de adoptar medidas, incluyendo la suspensión o rescisión de los servicios;
      3. no utilizar USUARIOS no identificables y/o que no puedan ser vinculados al nombre de una persona natural. Está prohibido el uso de perfiles de USUARIO anónimos o no vinculables.
        1. En Colombia, BIONEXO y el LICENCIATARIO se obligan a cumplir íntegramente con las obligaciones previstas en el Título III de la Ley 1581 de 2012, que regula el tratamiento de datos sensibles, comprometiéndose a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad, confidencialidad y conformidad legal en el tratamiento de dicha información.
    4. Las PARTES reconocen que los DATOS PERSONALES SENSIBLES están sujetos a un mayor rigor legal, exigiendo por tanto una protección técnica y organizativa reforzada. Las operaciones de TRATAMIENTO que involucren tales datos deberán garantizar la existencia de medidas técnicas adecuadas para mantener la integridad, confidencialidad y seguridad de la información.
    5. Las PARTES se comprometen a implementar y mantener un programa integral de seguridad y gobernanza. Este programa debe establecer controles técnicos y administrativos apropiados para garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos personales objeto de TRATAMIENTO, protegiéndolos contra accesos no autorizados y situaciones accidentales o ilícitas de destrucción, pérdida, alteración, comunicación o cualquier tratamiento inadecuado, así como garantizar el cumplimiento de la legislación de protección de datos y demás normas aplicables.
    6. Las PARTES serán responsables por atender las solicitudes de los titulares de datos personales. Para ello, prestarán apoyo mutuo, brindando, de forma inmediata o dentro de un plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas, además de notificar a la otra PARTE, la siguiente información: (a)confirmación de la existencia del tratamiento; (b) acceso a los datos personales tratados; (c) corrección de datos personales incompletos, inexactos o desactualizados; (d) anonimización, bloqueo o eliminación de datos personales; (e) portabilidad de los datos personales; (f) información sobre las entidades públicas o privadas con las que se compartieron los datos; (g) consecuencias de la revocación del consentimiento; (h) factores que llevaron a una decisión automatizada.
    7. El LICENCIATARIO podrá solicitar, a su criterio, dentro de un plazo de hasta 30 días tras la terminación de la relación contractual, la devolución o anonimización de los datos personales compartidos.
    8. Independientemente de cualquier disposición en contrario, las obligaciones definidas en este capítulo 9 permanecerán vigentes mientras las PARTES continúen teniendo acceso, estén en posesión o realicen cualquier operación de TRATAMIENTO sobre los datos personales obtenidos en virtud de la relación contractual, incluso si todos las CARTAS OFERTA entre las PARTES han sido rescindidas.
    9. Mediante solicitud previa y con al menos 15 (quince) días de antelación, el LICENCIATARIO podrá solicitar, una vez por año, la realización de una auditoría, a su propio costo, para verificar el cumplimiento de la legislación de protección de datos por parte de BIONEXO.
    10. Las PARTES serán responsables por los daños que eventualmente se causen entre sí, con excepción de lucro cesante y/o daños indirectos.
    11. Las PARTES deberán comunicar, de forma inmediata o en un plazo máximo de 48 horas desde que tengan conocimiento, la ocurrencia de cualquier incidente de seguridad relacionado con el TRATAMIENTO de datos personales objeto de la CARTA OFERTA, conteniendo como mínimo:
      • fecha y hora del incidente;
      • fecha y hora en que se tuvo conocimiento;
      • descripción de la naturaleza de los datos personales afectados;
      • número de titulares afectados;
      • relación e información relevante sobre los titulares afectados;
      • datos de contacto del Delegado de Protección de Datos (DPO) o persona de contacto;
      • descripción de los posibles riesgos relacionados con el incidente;
      • medidas tomadas para reparar y/o mitigar los daños y evitar nuevos incidentes;
      • medidas adoptadas o que se adoptarán para revertir o mitigar los efectos del daño.
    12. Las PARTES deberán asistirse mutuamente en el cumplimiento de obligaciones judiciales o administrativas conforme a la legislación de protección de datos y otras leyes aplicables, proporcionando información relevante y asistencia para documentar y eliminar la causa y riesgos de cualquier violación de seguridad.
    13. BIONEXO está preparada para asistir al LICENCIATARIO, en su calidad de CONTROLADOR de datos, en el cumplimiento de la obligación de comunicar al órgano correspondiente y a los titulares cualquier incidente de seguridad que pueda implicar riesgo o daño relevante.
    14. Las PARTES deberán mantener registros de las operaciones de TRATAMIENTO de datos personales realizadas, e implementar medidas técnicas y organizativas necesarias para proteger los datos contra destrucción, pérdida, alteración, comunicación o acceso no autorizado, y asegurar que el entorno (físico o lógico) utilizado para el tratamiento cumpla con los requisitos de seguridad, buenas prácticas de gobernanza y los principios establecidos por la legislación y regulaciones aplicables.
  10. CONDICIONES GENERALES
    1. En caso de conflicto entre las disposiciones de este Término y las disposiciones de la CARTA OFERTA, prevalecerán las disposiciones de la CARTA OFERTA.
    2. Las PARTES no podrán ceder ni transferir ninguna de las obligaciones o derechos comprendidos en la CARTA OFERTA y en este Término sin el consentimiento expreso y por escrito de la otra PARTE, salvo en caso de operación societaria dentro del mismo grupo empresarial.
    3. La CARTA OFERTA y este Término obligan a las PARTES, sus sucesores y cesionarios, permaneciendo en vigor en su totalidad frente a herederos o sucesores de cualquiera de las PARTES.
    4. Las PARTES acuerdan expresamente que, en ninguna circunstancia, se establecerá vínculo laboral o previsional alguno entre los empleados y/o representantes de una PARTE con la otra, ni se establecerá ningún tipo de sociedad, representación comercial, asociación o joint venture entre las PARTES o con terceros relacionados con este Término.
    5. Cada PARTE deberá indemnizar y mantener indemne a la otra en caso de demandas laborales o de cualquier otra naturaleza presentadas por, o a raíz de una reclamación de, un empleado o personal de la otra PARTE, realizando todos los esfuerzos necesarios para obtener su exclusión del proceso o asumir todos los cargos, costes e indemnizaciones que puedan derivarse.
    6. Las PARTES reconocen expresamente que eventuales obligaciones contractuales incumplidas —incluyendo, pero no limitándose al impago de obligaciones financieras por parte del LICENCIATARIO o el incumplimiento del período de fidelización sujeto a cláusula penal (derivado de la concesión de algún beneficio financiero o de productos/servicios)— no serán eximidas mediante la firma de las CARTAS OFERTA.
    7. Las CARTAS OFERTA y este documento constituyen la totalidad del acuerdo entre las PARTES con respecto a su objeto, reemplazando cualquier documento o acuerdo previo. Este documento podrá ser actualizado en cualquier momento mediante comunicación de BIONEXO al LICENCIATARIO.
    8. La tolerancia por parte de cualquiera de las PARTES frente a cualquier incumplimiento de la CARTA OFERTA o de este documento, o su omisión en el ejercicio de cualquier derecho conferido, no será considerada como renuncia ni novación, ni impedirá el ejercicio futuro de dicho derecho o de cualquier otro derecho aquí conferido.
    9. El LICENCIATARIO reconoce y acepta que el uso/acceso a las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO —aun parcialmente o a modo de prueba— implica que ha leído y acepta de forma total y obligatoria todos los términos, los cuales constituyen la base para la prestación de los servicios. Si el LICENCIATARIO no está de acuerdo con alguno de los términos, no deberá usar ni acceder a las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO.
    10. Para las CARTAS OFERTA celebradas en Colombia, las partes declaran lo siguiente:
      1. Que sus ingresos o bienes, incluidos en el objeto de la presente CARTA OFERTA, no provienen de ninguna actividad ilícita contemplada en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione o modifique. En consecuencia, declaran que sus ingresos o bienes están ligados al desarrollo normal de actividades lícitas propias de su objeto social.
      2. Que no han efectuado transacciones u operaciones destinadas a la realización o financiamiento de actividades ilícitas contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione, o modifique, o a favor de personas relacionadas con dichas actividades.
      3. Que en la ejecución de la presente CARTA OFERTA, se abstendrán de tener vínculos con terceros que se encuentren en la lista internacional vinculante para Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las Naciones Unidas) o en la lista emitida por la Oficina de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos (Lista OFAC), así como harán esfuerzos comercialmente razonables para abstenerse de tener vínculos con terceros que se encuentren en otras listas o bases de datos nacionales e internacionales relacionadas con actividades ilícitas que estén vinculadas a actividades de lavado de activos o financiación del terrorismo.
      4. Que cumplen con las normas sobre prevención y control al lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT) que les resulten aplicables, teniendo implementados las políticas, procedimientos, sistemas y mecanismos de prevención y control al lavado de activos o financiación del terrorismo que se derivan de dichas disposiciones legales. Que ni las Partes, ni sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, ni sus representantes legales y miembros de Junta Directiva, se encuentran en las listas o bases de datos anteriormente mencionadas, estando las Partes facultadas para efectuar las verificaciones que consideren pertinentes.
      5. Que no existe en contra de las Partes, ni de sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, ni de sus representantes legales y sus miembros de la Junta Directiva, una sentencia judicial en firme que los condene por la comisión de delitos de lavado de activos o financiación del terrorismo, estando las Partes facultadas para efectuar las verificaciones que consideren pertinentes en bases de datos y en informaciones públicas nacionales o internacionales.
      6. Las partes declaran que dentro del proceso de negociación y eventual contratación cumplieron con las obligaciones establecidas en la normatividad que les aplica relacionada con la prevención y control del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, así como con los procedimientos internos establecidos en esta materia. En consecuencia, en la suscripción de la presente CARTA OFERTA, obraron con la máxima diligencia establecida en la normatividad aplicable y sus procedimientos internos relacionados con esta materia.
      7. El incumplimiento de cualquiera de las declaraciones aquí contenidas, faculta al BIONEXO para dar por terminada cualquier relación contractual, de manera inmediata, y sin que por ello se vea obligado a pagar indemnizaciones de cualquier tipo.
      8. El LICENCIATARIO declara que la información suministrada es verídica y da su consentimiento expreso e irrevocable al BIONEXO, para: a) Consultar, en cualquier tiempo, en Data Crédito o en cualquier otra base de datos manejada por un operador de información financiera y crediticia, toda la información relevante para conocer su desempeño como deudor, su capacidad de pago, la viabilidad para entablar o mantener una relación contractual, o para cualquier otra finalidad, incluyendo sin limitarse la realización de campañas de mercadeo, ofrecimiento de productos y publicidad en general. b) Reportar a Data Crédito o a cualquier otra base de datos manejada por un operador datos, tratados o sin tratar, sobre el cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones crediticias, sus deberes legales de contenido patrimonial, sus datos de ubicación y contacto (número de teléfono fijo, número de teléfono celular, dirección del domicilio, dirección laboral y correo electrónico), sus solicitudes de crédito, así como otros atinentes a sus relaciones comerciales, financieras y, en general, socioeconómicas que haya entregado o que consten en registros públicos, bases de datos públicas o documentos públicos. c) La autorización anterior no impedirá que el LICENCIATARIO ejerza el derecho a corroborar, en cualquier tiempo, ante el BIONEXO, Data Crédito o la central de información de riesgo a la cual se hayan suministrado los datos, que la información suministrada es veraz, completa, exacta y actualizada. En caso de que no lo sea, el LICENCIATARIO tendrá derecho a dejar constancia de su desacuerdo, exigir la rectificación y ser informado sobre las correcciones efectuadas.
    11. Las PARTES garantizan que la firma de la CARTA OFERTA: (a) no infringe sus estatutos sociales; (b) no infringe ninguna disposición legal, contrato o instrumento del que sea parte; (c) no infringe ninguna orden, decisión o sentencia administrativa, judicial o arbitral; (d) no dará lugar a la creación o imposición de cargas o gravámenes sobre sus bienes o activos.
    12. Toda notificación relacionada con esta CARTA OFERTA deberá realizarse por escrito y será válida si se envía a las direcciones electrónicas designadas por cada parte. En el caso de BIONEXO, las notificaciones deberán ser enviadas a los siguientes correos electrónicos, según el país en que se haya celebrado la CARTA OFERTA: (i) Colombia: soporte.co@bionexo.com; (ii) Argentina: soporte.ar@bionexo.com; y (iii) México: soporte.mx@bionexo.com.
    13. Se elige el fuero de la Capital del país correspondiente al lugar de celebración de la CARTA OFERTA, con renuncia expresa a cualquier otro, por más privilegiado que sea, para dirimir cualquier cuestión o litigio derivado del presente documento.
      1. En el caso de que Bionexo Colombia sea la proveedora del licenciamiento y los servicios sean prestados en territorio colombiano, las PARTES reconocen que, en cumplimiento del principio de territorialidad previsto en la legislación comercial aplicable, especialmente en el Código de Comercio colombiano, la jurisdicción competente será la colombiana. Esta disposición solo podrá ser exceptuada mediante la existencia de un pacto arbitral válido que permita a las PARTES someterse a otra legislación o jurisdicción competente.
  11. DE LAS SOLUCIONES DE GESTIÓN DEL PROCESO DE COMPRAS Y VENTAS (BIONEXO)
    1. BIONEXO no será responsable por ningún aspecto comercial relacionado con las transacciones realizadas por el LICENCIATARIO con un TERCERO LICENCIATARIO a través de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO (según corresponda), incluyendo, pero no limitándose a, la elección del proveedor o de los productos, la existencia o validez del registro ante los órganos competentes, condiciones de calidad, cantidad, procedencia, garantía técnica, precio y plazo de entrega, siendo estos de exclusiva responsabilidad del LICENCIATARIO y/o del TERCERO LICENCIATARIO.
    2. Asimismo, tampoco será responsable por ningún aspecto legal relacionado con las transacciones realizadas por el LICENCIATARIO con un TERCERO LICENCIATARIO a través de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO (según corresponda), incluyendo, pero no limitándose a, obligaciones fiscales, laborales, de consumo o de cualquier otra índole, siendo estas de exclusiva responsabilidad del LICENCIATARIO y/o del TERCERO LICENCIATARIO, conforme a la legislación vigente.
    3. BIONEXO no realiza evaluación ni filtro alguno sobre los TERCEROS LICENCIATARIOS registrados y no se responsabiliza por cuestiones relacionadas con negociaciones y compras efectuadas mediante sus softwares. El LICENCIATARIO podrá, a su criterio, utilizar las funcionalidades de evaluación de proveedores e incluso bloquearlos, si así lo considera necesario. De esta forma, las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO están destinadas a ser herramientas de gestión en el área de compras, al servicio del LICENCIATARIO, sin que ello implique responsabilidad alguna por parte de BIONEXO ante eventuales fallas de los TERCEROS LICENCIATARIOS.
    4. BIONEXO, por mera liberalidad y como herramienta para facilitar las transacciones comerciales, podrá poner a disposición, en algunas SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO o por correo electrónico, copias digitalizadas de documentos habilitantes/sanitarios (por ejemplo, contrato social, licencia sanitaria, permiso de funcionamiento, autorización de operación, entre otros), proporcionados por el propio LICENCIATARIO. Dichos documentos deberán haber sido emitidos por las autoridades regulatorias o administrativas competentes del país correspondiente. El LICENCIATARIO será el único responsable por la veracidad, vigencia, idoneidad y legitimidad de los documentos proporcionados.
    5. Serán responsabilidades del LICENCIATARIO cuando proveedor:
      1. El LICENCIATARIO proveedor es el único y exclusivo responsable por la disponibilidad, calidad, legalidad, conformidad regulatoria, entrega oportuna y demás características de los productos y/o servicios ofertados a través de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO.
      2. El LICENCIATARIO proveedor declara que cuenta con todos los registros, autorizaciones y licencias necesarios para la comercialización de los productos o servicios ofertados, asumiendo plena responsabilidad por la veracidad de dicha documentación.
      3. El LICENCIATARIO proveedor reconoce que la BIONEXO no actúa como representante, distribuidor, revendedor ni comisionista, ni asume responsabilidad alguna sobre el éxito comercial, pago, condiciones de entrega o ejecución de las transacciones realizadas.
      4. Toda obligación de facturación, entrega, postventa, soporte, devoluciones, cancelaciones y garantías con respecto a las compras realizadas por los LICENCIATARIOS compradores recaerá exclusivamente sobre el LICENCIATARIO proveedor.
      5. El LICENCIATARIO proveedor no podrá utilizar las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO para promocionar productos que no cumplan con la legislación aplicable en materia sanitaria, aduanera, de consumo, impositiva o de cualquier otra índole.
      6. El uso de la plataforma no garantiza volumen mínimo de ventas ni exclusividad de mercado, estando el LICENCIATARIO proveedor sujeto a la dinámica competitiva entre ofertantes registrada en la plataforma.
    6. El LICENCIATARIO será responsable, ante BIONEXO y ante terceros, por la validez, autenticidad, veracidad, conformidad, seguridad, eficacia, calidad y regularidad de todos los productos, servicios, documentos e informaciones proporcionadas, comercializadas, disponibles y/o generadas a través de sus USUARIOS en las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO.
    7. El LICENCIATARIO garantiza que posee y mantiene vigentes todas las licencias, autorizaciones, registros y/o permisos necesarios para la ejecución regular de todas sus actividades, así como de todos los productos y servicios comercializados, ofrecidos y/o puestos a disposición en el entorno de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO.
    8. En ocasión de la concesión de la licencia de uso de la PLATAFORMA, la BIONEXO podrá alojar en su base de datos documentos que sean proporcionados por los proveedores, pero no está obligada a realizar análisis de dichos documentos; en consecuencia, no asume ninguna responsabilidad respecto a cuestiones relacionadas con su validez, vigencia, representatividad, origen, veracidad o cualquier otra similar. El servicio objeto de la presente CARTA OFERTA no incluye la realización del análisis de las condiciones necesarias para la celebración de las CARTAS OFERTA del CLIENTE con sus proveedores, en cuanto a su validez, ni respecto a su eficacia o conveniencia, por lo que los deberes de diligencia en esta materia recaen exclusivamente sobre el CLIENTE.
    9. El LICENCIATARIO autoriza expresamente a BIONEXO a divulgar y/o poner a disposición de TERCEROS AUTORIZADOS, mediante las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, los documentos que hayan sido proporcionados por el LICENCIATARIO y que comprueben, en los términos de la cláusula anterior, su regularidad, así como la de sus productos y/o servicios, ante autoridades gubernamentales.
    10. Los protocolos de renovación ante los órganos competentes serán evaluados por BIONEXO, siempre que (a) no impliquen un cambio en información relevante de la empresa, sus productos o servicios y (b) los protocolos estén acompañados de documentos anteriores que permitan la validación de la información por parte del equipo técnico de BIONEXO.
    11. En caso de cualquier cambio en los datos registrales del LICENCIATARIO o de las EMPRESAS AUTORIZADAS, el LICENCIATARIO deberá enviar la información y documentación actualizada a BIONEXO, bajo pena de suspensión del acceso a las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO.
    12. El LICENCIATARIO se compromete a proporcionar a BIONEXO otros datos adicionales, documentos y aclaraciones que se consideren pertinentes para la verificación de información y/o confirmación de la regularidad del LICENCIATARIO, de las EMPRESAS AUTORIZADAS, sus productos y/o servicios ante autoridades reguladoras.
    13. En las soluciones de Gestión del Proceso de Compras, el LICENCIATARIO podrá tener su acceso al entorno de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO suspendido, sin derecho a ningún tipo de indemnización, beneficio o reembolso, en las siguientes situaciones:
      • No presentación de cualquier documento solicitado por BIONEXO o falta de respuesta a una solicitud de aclaración;
      • Cualquier irregularidad en la documentación presentada por el LICENCIATARIO y por las EMPRESAS AUTORIZADAS.
    14. La información y los datos ingresados en la plataforma relacionados con productos, proveedores, mercado, oferta y demanda de principios activos, volúmenes y valores de transacciones, entre otros que contribuyan a la inteligencia de negocios de BIONEXO, excluyendo datos personales, serán incorporados a la BASE DE DATOS de las SOLUCIONES DIGITALES BIONEXO, propiedad de BIONEXO, que podrá ponerlos a disposición en productos de uso restringido y/o para el desarrollo de mejoras.
      1. El tratamiento de esta información se realizará de forma agregada y estadística, sin identificación directa o indirecta de las partes involucradas. BIONEXO se compromete a no divulgar nombres ni datos que permitan la identificación de las instituciones compradoras o vendedoras, garantizando total confidencialidad y anonimato en los análisis e informes generados.
  12. DE LA SOLUCIÓN BIOTRACKER
    1. La solución Biotracker consiste en una plataforma de software para la gestión y trazabilidad de productos médicos hospitalarios mediante el uso de tecnología RFID. Para hacer viable la utilización de la Solución Biotracker, el LICENCIATARIO deberá contar con los equipos necesarios (Hardware). BIONEXO pondrá a disposición del LICENCIATARIO, a título gratuito, los equipos que se detallan a continuación.
    2. Los equipos necesarios para la utilización de la Solución Biotracker son:
      • Kits de lector portátil RFID;
      • Impresoras;
      • Armarios RFID.
    3. EL LICENCIATARIO podrá, a su exclusivo criterio, homologar y contratar directamente a proveedores para la adquisición de las etiquetas utilizadas en el proceso de rastreo, sin que exista exclusividad ni obligación alguna de suministro por parte de BIONEXO.
    4. EL LICENCIATARIO declara estar al tanto de que el uso de la solución Biotracker se proporciona mediante licencia, no constituyendo una cesión ni una venta definitiva del software. La licencia permite al LICENCIATARIO acceder y utilizar las funcionalidades de la solución, conforme a lo previsto en el presente documento y en el plan contratado.
    5. El funcionamiento de la solución Biotracker depende de la integración con dispositivos específicos de recolección y envío de datos. Cada dispositivo representa un punto de captura e integración con el sistema, siendo esencial para la viabilidad de determinadas funcionalidades. Los valores que eventualmente se cobren por la adición de nuevos dispositivos se refieren a la ampliación del derecho de uso del sistema, mediante la habilitación de nuevas conexiones.
    6. La necesidad de algunos equipos puede variar según el alcance de la contratación.
    7. En caso de falla del HARDWARE, sin culpa del LICENCIATARIO, BIONEXO se compromete a realizar la sustitución temporal de los equipos defectuosos, a partir de la notificación formal y por escrito sobre la respectiva falla. En caso de no haber equipos disponibles en stock, BIONEXO se compromete a ponerlos a disposición lo antes posible, conforme al acuerdo con el LICENCIATARIO.
    8. El LICENCIATARIO es el único responsable del control de la eficacia/calidad de los productos, medicamentos o cualquier otro material que esté almacenado dentro de los equipos proporcionados por BIONEXO.
    9. El LICENCIATARIO deberá permitir el acceso de BIONEXO a sus instalaciones siempre que sea necesario, previa programación con el LICENCIATARIO.
    10. El LICENCIATARIO deberá guardar y conservar los equipos de manera que se asegure su integridad y funcionamiento regular. Cualquier daño directo o indirecto causado por el LICENCIATARIO a los equipos deberá ser reparado en su totalidad.
    11. En caso de finalización, rescisión o terminación de la presente CARTA OFERTA, por cualquier motivo, el LICENCIATARIO deberá permitir la retirada por parte de BIONEXO, en un plazo máximo de 15 días, de todos los equipos que estén en su posesión, incluyendo, pero no limitándose, a los equipos antes mencionados. En caso de incumplimiento de este plazo por parte del LICENCIATARIO, este deberá pagar el valor de la licencia mensual de uso pro rata día hasta la efectiva devolución. Durante ese período, el LICENCIATARIO seguirá siendo responsable por la custodia y conservación de los equipos, respondiendo igualmente por todos los daños ocasionados a los mismos, aunque no haya actuado con dolo o culpa.

São Paulo, 19 de agosto de 2025.

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